El dictamen del Presupuesto nacional incluyó una demanda histórica de Misiones: la creación de la Corporación Polo Productivo que deberá definir donde se aplican exenciones impositivas para transformar a la provincia en un territorio aduanero especial, tal como proyectó el Gobierno en conjunto con las principales cámaras empresarias.
El proyecto corregido fue presentado en la comisión de Presupuesto por el diputado Diego Sartori e incorporado al dictamen que bajará al recinto la semana próxima. De este modo quedó descartado que el beneficio alcance a un par de ciudades y quedará en manos de la Corporación Polo Productivo la forma de ejecutar las exenciones para incentivar empleo o determinadas industrias. El dictamen fue votado por todos los diputados por Misiones, excepto el radical de Cambiemos Luis Pastori, paradójicamente uno de los promotores del frustrado artículo 10 de la ley Pymes que nunca reglamentó.
El proyecto de Presupuesto que hoy tuvo dictamen en la Cámara de Diputados de la Nación, en su artículo 124, crea un área aduanera especial con amplios beneficios impositivos en Misiones, con un alcance territorial que será determinado de común acuerdo entre la Nación y la Provincia a través de la “Corporación para el Desarrollo Estratégico del Polo Misiones”, una comisión que estará integrada por representantes de ambos gobiernos. En una primera versión del proyecto, la Nación proponía crear territorios libres de impuestos en cuatro municipios pero Misiones rechazó esa posibilidad y se llegó a la redacción final. Desde el Gobierno provincial enfatizan que se buscará que los beneficios impositivos lleguen a todo Misiones.
La mencionada corporación va a tener la potestad de determinar la zona geográfica y las actividades que podrán ser beneficiadas, lo que abre la posibilidad de promocionar alguna actividad en particular. “Misiones va a insistir siempre para que sea en toda la provincia”, remarcó Safrán. “Siempre hemos pedido un régimen para toda la provincia de Misiones. Siempre con la mirada puesta en que este es un proyecto que busca generar crecimiento en la economía de Misiones y no perjudicar a ninguna actividad industrial o comercial de alguna región que pudiera quedar excluida del beneficio”, afirmó al respecto el secretario de Hacienda.
“Esto elimina el planteo que nos había hecho Nación de restringir la zona aduanera especial a cuatro municipios, algo que sería impracticable por lo costoso que serían los controles. Además nos da oportunidad para seguir reclamando que el área aduanera sea para toda la provincia y la Corporación será el ámbito en el que lo discutiremos y la autoridad de aplicación”, indicó el funcionario. La Provincia pretende además que el sector privado tenga representación en la Corporación. “Nos comprometimos a gestionar que la CEM (Confederación Económica de Misiones) tenga dos lugares en el directorio de esta Corporación, dando certeza que todas las actividades productivas e industriales y comerciales van a estar representadas”, señaló el titular de Hacienda.
“Si dejamos pasar este tren, lo más probable es que nunca vuelva a pasar otro”, advirtió.
El proyecto
ARTÍCULO 124.- Constituyese en Área Aduanera Especial -en los términos de los artículos 600 a 607 del Código Aduanero, ley 22.415- el territorio de la Provincia de Misiones bajo la denominación “Polo de Desarrollo Productivo, Tecnológico y Exportador de la Provincia de Misiones” (“POLO Misiones”), para las zonas geográficas específicas que determinarán el Poder Ejecutivo nacional y la provincia de Misiones en el ámbito de la CORPORACION PARA EL DESARROLLO ESTRATEGICO DEL “POLO MISIONES” creado por el artículo siguiente, a propuesta de la provincia de Misiones. Dicha Área Aduanera Especial gozará de los siguientes beneficios respecto al funcionamiento operativo:
a) Eximición de imposición de todo impuesto nacional que pudiere corresponder por hechos, actividades u operaciones que se realizaren en el POLO Misiones, incluyendo productos medicinales, con excepción de aquellos que revistieren el carácter de tasas retributivas por servicios prestados.
A Modo enunciativo, la eximición aplica para los siguientes impuestos:
1. Impuesto a las Ganancias.
2. Impuesto al Valor Agregado.
3. Impuestos Internos.
4. Impuesto sobre los Bienes Personales.
5. Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y Otras Operatorias.6. Impuesto a los Combustibles Líquidos y el Impuesto al Dióxido de Carbono.
7. Impuesto sobre el Gas Oil y el Gas Licuado para uso Automotor.
8. Los impuestos nacionales que pudieran crearse en el futuro
b) La importación para consumo de mercadería procedente del territorio aduanero general y que fuere de libre circulación en el mismo estará exenta del pago de los tributos aduaneros que la gravaren y de la aplicación de prohibiciones de carácter económico.
c) Las actividades productivas desarrolladas en el área aduanera especial serán objeto de un régimen de estímulo a las ventas de mercadería originaria de dicha área que se destinare al extranjero o a un área franca.
d) Cuando la mercadería fuere originaria y procedente de un área aduanera especial, la importación para consumo al territorio aduanero general estará exenta del pago de los tributos aduaneros que gravaren la importación para consumo y de la aplicación de las prohibiciones de carácter económico.
e) Todo otro beneficio que establezca el Poder Ejecutivo nacional a los efectos de reducir asimetrías impositivas y aduaneras en la zona de frontera.
ARTÍCULO 125.- Crease en el ámbito del Poder Ejecutivo nacional y de la provincia de Misiones la CORPORACION PARA EL DESARROLLO ESTRATEGICO DEL “POLO MISIONES” cuyas funciones serán las de determinar los sujetos que accedan a los beneficios de la presente ley, conforme los requisitos que en ella se determinan. A los fines del usufructo del beneficio dispuesto en el párrafo precedente, los sujetos allí mencionados deberán inscribirse en el Registro que, a esos efectos, establezca la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS.
Las empresas que accedan a los beneficios de la presente ley deberán cumplir con algunos de los siguientes requisitos:
a) El aumento de las ofertas laborales en el polo Misiones.
c) La incorporación de tecnologías de producto y procesos de producción compatibles con el estado del arte y la técnica.
d) Niveles crecientes de productividad y competitividad.
e) Reinversión de por lo menos el cincuenta por ciento (50%) de sus utilidades en la provincia
f) Cumplan con las pautas de responsabilidad social y ambiental empresarias vigentes en la provincia de Misiones.
g) Inversión en la formación y calificación de recursos humanos para el desarrollo científico y tecnológico.
ARTÍCULO 126.- Se autoriza la extensión de la Zona Franca Puerto Iguazú en los términos de los arts. 37 y 39 de la ley 24.331, a los espacios físicos a determinarse dentro de la provincia de Misiones, no resultando aplicables, a estos efectos, las limitaciones y condiciones previstas en el artículo 2° de dicha ley y manteniéndose, en tales extensiones, la autorización para realizar operaciones de comercio al por menor en los términos establecidos en el art. 9 de dicha ley. Esta extensión estará sujeta a la aprobación de la CORPORACION PARA EL DESARROLLO ESTRATEGICO DEL “POLO MISIONES”.